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¿Sabías que pueden multarte por no tener tu dron asegurado?

Por Ramírez Arribas | 15 Marzo 2022

¿Tienes un dron sin seguro? podrían importe una sanción de hasta 225.000 euros.

Con la promulgación del REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2019/947 DE LA COMISIÓN, de 24 de mayo de 2019, relativo a las normas y los procedimientos aplicables a la utilización de aeronaves no tripuladas es obligatorio contratar una póliza de responsabilidad civil para tu dron antes de utilizarlo, salvo que se sea de juguete o tenga un peso menor a 250 gramos.

Los drones se están convirtiendo en una realidad cada vez mas frecuente: su precio asequible, versatilidad y facilidad de uso han convertido tanto en un juguete de lujo como en elemento de vigilancia para explotaciones agrícolas perfecto.

¿Sabías que pueden multarte por no tener tu dron asegurado?

¿Hace falta un seguro para mi dron?

. Es imprescindible contratar un seguro de responsabilidad civil desde enero de 2021, esto sería para cubrir los daños que se puedan causar a terceros -en la mayoría de los casos, por caída del aparato-, aunque también pueden incluirse coberturas para asegurar tu inversión, como pérdida, robo, incendio, o gastos jurídicos de defensa, en el caso de que un tercero reclame invasión de la intimidad.

El incumplimiento de esta medida ocasiona una infracción, que podría acarrear en una sanción de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, con sanciones desde los 60€ a los 225.000€.

¿Qué otra normativa hay que cumplir?

También será necesario cumplir con las siguientes instrucciones:

• No sobrevolarlos aglomeraciones de personas.

No transportar ni entregar mercancías peligrosas.

No sobrepasar los 120 metros de altura sin autorización.

No hacer fotos ni vídeos a otras personas sin su expresa autorización.

No volar cerca de zonas restringidas: aeropuertos, zonas militares, infraestructuras críticas o zonas protegidas medioambientalmente.

Mantener el dron controlado todo el tiempo dentro de la línea de visión.

Formarse como piloto y tener un mínimo de formación acreditable en función de la categoría que se opere. Se exige haber aprobado un examen para manejarlos. Puedes ver más aquí: https://www.seguridadaerea.gob.es/es/ambitos/drones/tienes-un-uas-dron

 

Aeronaves pilotadas por control remoto.

No hay que olvidar que los drones se consideran legalmente aeronaves pilotadas por control remoto, y que por tanto, están sujetos a una regulación específica, además son susceptibles de causar daños a terceros.

De causar daño alguno en el caso de no tener contratado un seguro, el responsable seguirá siendo el piloto o propietario del Dron.

 

¿Qué cantidad debo asegurar?

Si tu dron pesa menos de 20 kg, es de aplicación el Real Decreto 37/2001, de 19 de enero, por el que se actualiza la cuantía de las indemnizaciones por daños previstas en la Ley 48/1960, de 21 de julio, de Navegación Aérea.

Si tu dron pesa más de 20 kg, es de aplicación el Reglamento 785/2004.

Si tienes un dron sin seguro, te recomendamos que te pongas en contacto con nosotros o rellenes este formulario y nosotros nos pondremos en contacto contigo.

 

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